CONCILIACI脫NO MEDIACI脫N LABORAL. Es el acto de conciliaci贸n o de mediaci贸n previo a la interposici贸n una demanda ante un Juzgado o Tribunal del Orden social. Este acto de conciliaci贸n previo es obligatorio, aunque con excepciones (estas excepciones quedan se帽aladas en el art. 64 LRJS ). El plazo para interponerlo es de caducidad en los
Auto552/22 . COMPETENCIA DE LA JURISDICCI脫N ORDINARIA CIVIL-A suntos no atribuidos por ley a otras jurisdiccionesLa competencia para conocer de un proceso de nulidad de un acuerdo de conciliaci贸n entre particulares le corresponde a la Jurisdicci贸n Ordinaria en su especialidad civil, conforme a lo dispuesto en los art铆culos 1掳 y 15 del
Qu茅 es la conciliaci贸n y cu谩l es su finalidad? En determinados casos la Ley regula actividades previas al proceso que tienen lugar ante los 贸rganos jurisdiccionales, unas veces para prepararlo, siendo este el caso de las diligencias preliminares que regula la LEC en sus art铆culos 256 a 263, otras, para evitarlo mediante una soluci贸n amistosa. 脡ste es
Larepresentaci贸n legal en la conciliaci贸n corresponde a los procuradores. H oy en el Juzgado de Primera Instancia n潞 18 M谩laga he comprendido mejor la interpretaci贸n que del art铆culo 144 de La Ley de Enjuiciamiento Civil (en adelante LEC) hace este Juzgado, al no aceptar en el -acto de conciliaci贸n- como parte a un
Contraun acto de conciliaci贸n solo cabr谩 interponer una acci贸n de nulidad. As铆 se establece en el precepto n煤mero 148 de la Ley de Jurisdicci贸n Voluntaria: 1. Contra lo convenido en el acto de conciliaci贸n s贸lo podr谩 ejercitarse la acci贸n de nulidad por las causas que invalidan los contratos. 2. . 270 67 347 45 273 201 48 28

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